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jueves, 10 de agosto de 2023

¿Debo pagar una factura de electricidad cuyo periodo de facturación fue hace más de un año?

Esta es una pregunta que muchos usuarios se hacen cuando recibe una factura de su comercializadora (pasada o actual) cuyo periodo de facturación es de hace más de un año.

Esto está ocurriendo actualmente con Repsol que está enviando facturas a antiguos y actuales usuarios en las que aparece un único concepto Regularización consumos anteriores.


Repsol argumenta que es una regularización de consumos debido el redondeo de decimales en las facturas.


Si ha transcurrido más de un año, no tienen derecho a reclamarnos ninguna factura de electricidad.

Así lo recoge el  Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, que en su artículo 96 establece la procedencia de realizar refacturaciones complementarias en caso de un funcionamiento incorrecto de los equipos de medida.

(https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-24019)  

Artículo 96. Comprobación de los equipos de medida y control.

1. Tanto las empresas distribuidoras y, en su caso, las comercializadoras o el operador del sistema, como los consumidores, tendrán derecho a solicitar, del órgano de la Administración competente donde radique la instalación, la comprobación y verificación de los contadores, interruptores de control de potencia (ICP) y otros aparatos que sirvan de base para la facturación, cualquiera que sea su propietario.

2. En el caso de comprobarse un funcionamiento incorrecto, se procederá a efectuar una refacturación complementaria.

Si se hubieran facturado cantidades inferiores a las debidas, la diferencia a efectos de pago podrá ser prorrateada en tantas facturas mensuales como meses transcurrieron en el error, sin que pueda exceder el aplazamiento ni el periodo a rectificar de un año.

Si se hubieran facturado cantidades superiores a las debidas, deberán devolverse todas las cantidades indebidamente facturadas en la primera facturación siguiente, sin que pueda producirse fraccionamiento de los importes a devolver.

En este caso, se aplicará a las cantidades adelantadas el interés legal del dinero vigente en el momento de la refacturación. En el caso de que el error sea de tipo administrativo, los cobros o devoluciones tendrán el mismo tratamiento que el señalado anteriormente.

Además, la CNMC emitió un comunicado en respuesta a consultas ocasionadas por la ausencia o los retrasos de facturación por parte de las empresas distribuidoras o las comercializadoras.

https://www.cnmc.es/expedientes/cnsde96421

3. CONCLUSIÓN

La falta de facturación en plazo y el retraso en la toma de lecturas reales por la compañía distribuidora debe tratarse como un error de tipo administrativo a efectos de lo previsto en el artículo 96 del Real Decreto 1955/2000, en lo que se refiere a la facturación a los consumidores finales (de modo que el período a facturar o rectificar no pueda exceder de un año) y al prorrateo en tantas facturas mensuales como meses transcurrieron en el error que ha ocasionado la ausencia de facturación.

Por tanto, si te han facturado consumos de hace más de un año, reclama a la comercializadora la devolución del importe. Ejemplo de reclamación efectuado por algunos usuarios a Repsol:

Referente a esta factura, quisiera que emitieran un abono, primero porque ustedes no pueden cobrar las facturas de luz enviadas con más de un año de retraso, ni pueden realizar refacturaciones superado este plazo si en su día se cobró una cantidad menor de la que ha estimado posteriormente. 

Así lo recoge el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energia eléctrica, que en su artículo 96 establece la procedencia de realizar refacturaciones complementarias en caso de un funcionamiento incorrecto de los equipos de medida.

Antes estas reclamaciones, Repsol no ha tenido más remedio que "recular".




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